Imagina despertar cada día en una 9ª planta, con luz natural inundando cada rincón y una sensación de amplitud y libertad única. Esta vivienda totalmente nueva no es solo un piso? es el hogar donde empieza tu próxima etapa.
Diseño moderno que enamora:
4 habitaciones amplias para toda la familia o invitados.
3 baños elegantes y funcionales.
Espectacular salón con cocina abierta, creando un espacio único, luminoso y perfecto para compartir.
Terraza privada para desconectar, disfrutar del aire libre o contemplar atardeceres inolvidables.
Comodidad total:
2 Plazas de garaje y una de ellas con trastero.
Urbanización pensada para disfrutar cada día:
·Piscina para refrescarte en verano y jacuzzi.
·Zona infantil donde los más pequeños crecerán felices.
·Pista deportiva para mantenerte activo sin salir de casa.
? En una de las zonas más exclusivas y demandadas, a un paso de todos los servicios tanto comercios como transporte público y muy cerca del mar.
Una vivienda que lo tiene todo: ubicación, diseño, altura y calidad.
Las oportunidades así no esperan? y este hogar tampoco lo hará.
Contactanos y ven a descubrirlo en persona.
Ley 10/2025, de 26 de diciembre, que regula los servicios de atención a la clientela.
Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
· Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana generalmente el 11% ( 165.000), sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% y 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
· Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
· Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
· Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 400 ? (IVA incluido).
· Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd